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Juicio Verbal LEC: Qué es, Cuantía, Plazos y Procedimiento Paso a Paso

Juicio verbal LEC: procedimiento, cuantía hasta 6.000€, plazos, costes y tramitación en Barcelona. Información legal clara sobre tus derechos paso a paso.

ÁÁrea editorial — Civil Ciudaddelajusticia Hospitalet📅 14/08/2026🔄 14/08/2026⏱️ 4 min

El juicio verbal LEC es el procedimiento civil más ágil y común regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil española (Ley 1/2000). Se aplica a reclamaciones de cuantía inferior a 6.000 euros y a materias específicas, independientemente del valor. Si buscas información sobre este procedimiento, probablemente necesites entender cómo funciona, cuánto tarda, qué costes implica y cómo se tramita en la Ciudad de la Justicia de Barcelona o en cualquier otro juzgado civil español.

¿Qué es el juicio verbal según la LEC?

El juicio verbal es el procedimiento declarativo ordinario previsto en los artículos 437 a 447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para litigios de menor complejidad o cuantía reducida. Se caracteriza por su rapidez, concentración de actos procesales y menor formalismo que el juicio ordinario.

Este procedimiento se tramita ante los Juzgados de Primera Instancia cuando la cuantía de la demanda no supera los 6.000 euros, y ante los Juzgados de lo Mercantil cuando se trata de asuntos mercantiles dentro del mismo límite cuantitativo.

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Cuantía y materias del juicio verbal

Asuntos por razón de la cuantía

Según el artículo 250.1 LEC, se tramitan por juicio verbal todas las demandas civiles cuya cuantía no exceda de 6.000 euros, salvo que se refieran a materias que deban sustanciarse obligatoriamente por juicio ordinario.

Asuntos que siempre se tramitan por juicio verbal

El artículo 250.2 LEC establece que, con independencia de su cuantía, se tramitarán siempre por este procedimiento:

Procedimiento paso a paso del juicio verbal

1. Presentación de la demanda

El procedimiento comienza con la presentación de la demanda ante el juzgado competente. En Barcelona, esto se realiza en la Ciudad de la Justicia. La demanda debe contener los requisitos del artículo 399 LEC: identificación de las partes, hechos, fundamentos de derecho, petición concreta y documentos justificativos.

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2. Admisión y citación a vista

El Letrado de la Administración de Justicia examina la demanda y, si es correcta, dicta decreto de admisión citando a las partes a vista oral. La citación debe realizarse con al menos 10 días de antelación a la celebración de la vista (artículo 440.1 LEC).

3. Contestación a la demanda

A diferencia del juicio ordinario, en el verbal no hay contestación escrita previa. El demandado debe comparecer el día de la vista y puede presentar contestación escrita únicamente para oponer declinatoria, falta de jurisdicción o reconvención (artículo 438 LEC).

4. Celebración de la vista

La vista oral es el acto central del juicio verbal. En ella se desarrollan de forma concentrada:

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La vista debe celebrarse ante el juez, con asistencia obligatoria de las partes representadas por procurador y asistidas por abogado (salvo en asuntos de menos de 2.000 euros donde no es preceptivo).

5. Sentencia

El juez debe dictar sentencia en el plazo de 10 días desde la finalización de la vista (artículo 447.1 LEC). Esta sentencia es susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial correspondiente.

Plazos del juicio verbal

Los plazos orientativos del procedimiento completo son:

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En la Ciudad de la Justicia de Barcelona, estos plazos pueden variar según la sección y la sobrecarga de los juzgados civiles.

Costes del juicio verbal

Los costes orientativos del procedimiento incluyen:

Representación y defensa obligatoria

Según el artículo 23 y 31 LEC:

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Diferencias entre juicio verbal y ordinario

AspectoJuicio VerbalJuicio Ordinario
CuantíaHasta 6.000 €Más de 6.000 €
ContestaciónOral en vistaEscrita previa
Duración4-8 meses12-24 meses
Plazo sentencia10 días20 días

Tus derechos en el juicio verbal

Como parte en un juicio verbal tienes derecho a:

Preguntas frecuentes sobre el juicio verbal LEC

¿Cuánto tiempo tarda un juicio verbal en Barcelona?

En la Ciudad de la Justicia de Barcelona, un juicio verbal suele tardar entre 4 y 8 meses desde la presentación de la demanda hasta la sentencia de primera instancia. Los plazos concretos dependen de la carga de trabajo del juzgado asignado y de la complejidad del asunto.

¿Puedo acudir sin abogado a un juicio verbal?

Solo en reclamaciones de cuantía inferior a 2.000 euros es posible comparecer sin abogado ni procurador (artículo 23.2 LEC). En cantidades superiores, la asistencia de letrado y la representación procesal son obligatorias.

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¿Qué pasa si no comparezco a la vista del juicio verbal?

Si el demandado no comparece, se le declara en rebeldía y el juicio continúa sin su presencia (artículo 442.2 LEC). Si quien no comparece es el demandante, se entiende que desiste de la demanda y se archivan las actuaciones.

¿Cuánto cuesta un abogado para un juicio verbal en Barcelona?

A título orientativo, los honorarios de un abogado civil en Barcelona para un juicio verbal sencillo oscilan entre 600 y 1.500 euros, más los honorarios del procurador (entre 300 y 600 euros aproximadamente). Cada caso depende de sus circunstancias particulares y complejidad.

¿Puedo recurrir la sentencia de un juicio verbal?

Sí, la sentencia dictada en juicio verbal es recurrible en apelación ante la Audiencia Provincial correspondiente (Audiencia Provincial de Barcelona en este caso), presentando el recurso en el plazo de 20 días desde la notificación de la sentencia (artículo 458 LEC).

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